Siempre que llega abril los contribuyentes nos hacemos la misma pregunta: Qué puedo deducirme en la declaración de la renta para pagar menos o que me devuelvan? Hoy os hablamos de las Deducciones que tiene Cataluña para la campaña 2018.
– Deducción por nacimiento o adopción de hijo durante el 2018.
– Deducción por quedarse viudo/a durante 2018.
– Deducciones por donaciones durante 2018:
1) a entidades que fomenten el uso de la lengua catalana.
2) a entidades que fomentan la investigación científica y el desarrollo y la innovación tecnológica.
3) a determinadas entidades en beneficio del medio ambiente, la conservación del patrimonio natural y de custodia del territorio.
– Deducciones por alquiler y rehabilitación de la vivienda habitual durante 2018.
– Deducciones a las Inversiones: inversión en empresas de nueva creación y en empresas catalanas en expansión del mercado alternativo bursátil.
– Deducción del importe de los intereses pagados correspondientes a los préstamos concedidos mediante la Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación para la financiación de estudios de máster y de doctorado.
El plazo de presentación de la declaración será entre el 2 de abril y el 1 de julio de 2019, pero si se domicilia bancariamente el plazo acabaría en fecha 26 de junio.
En nuestro despacho empezamos como cada año en el mes de Mayo pero desde el 23 abril ya damos cita.