Recordamos que para que haya divorcio debe haber matrimonio, si no lo hay existen otros procedimientos. Con el divorcio se extinguirá el régimen económico matrimonial y se regulará todo lo que el divorcio producirá.
En el caso de divorcio de mutuo acuerdo se acude al abogado y en la primera visita se expone la situación y se estipulan una serie de cuestiones. Normalmente acuden ambos, aunque a veces viene uno de los miembros del matrimonio para intentar que sea de mutuo acuerdo por la rapidez y porque el procedimiento es sencillo. Si luego el cónyuge no está de acuerdo el proceso tendría que empezar de forma contenciosa.
Cuando se tiene claro que es de mutuo acuerdo se pedirá siempre: los DNI, certificado de matrimonio y si hay hijos el certificado de nacimiento. Certificados literales expedidos por el Registro Civil tanto del lugar donde se casaron, como del lugar donde nacieron los hijos.
Se redactará la demanda (esto es una parte más procesal donde se expone los datos de ambos cónyuges, el procedimiento que es el divorcio de mutuo acuerdo, el lugar donde se presenta la demanda, si los cónyuges tienen capacidad, y las leyes por las que debe regularse tal procedimiento). Con la demanda se anexiona el convenio regulador y el plan de parentalidad si hay hijos.
En el convenio regulador se regulará todo lo que produce el divorcio: quién vivirá en el piso, el domicilio en el que vivirán ( sólo si hay hijos en común), ajuar doméstico, quién tendrá la patria potestad, la custodia, la pensión tanto si es compensatoria ( en favor del cónyuge que queda en peor situación económica) como la de alimentos en favor de los hijos y temas sobre la relación que tendrán con los hijos, escolaridad y forma de comunicarse.
El plan de parentalidad es una ampliación del convenio en relación a los hijos : cambios en la custodia, vacaciones escolares, escuela, gastos extraordinarios, cómo educar a los hijos, la información que deben darse los padres sobre la salud de los hijos, las llamadas y comunicaciones en caso de enfermedad, ingreso y un largo etc.
Cuando todo está redactado, se pasa a la procuradora, que lo presentará en el juzgado. Una vez presentado hay que ir a dar poderes al juzgado para que ese escrito pueda ser admitido. Se necesita abogado y procurador para la vía judicial. Una vez admitido a trámite todo el procedimiento, se informa al abogado de la fecha y la hora en la que las partes deben ir a ratificarse en el juzgado. En esa fecha, se ratifican ante el juez de que están de acuerdo con el convenio y plan presentados y firman. Se oficializa por el juez el divorcio y posteriormente nos llega la sentencia que es de por sí el convenio firmado y el plan. Todo éste proceso se puede ver truncado si una de las partes no se ratifica o el Ministerio Fiscal no está de acuerdo en algo relativo al convenio en lo que se refiere a la relación con los hijos, pensión de alimentos, etc.
Como siempre, en nuestro despacho estaremos encantados de ampliar esta información y resolver cualquier duda.