¿Qué hacer cuando tenga la sentencia?

Nuestra realidad a veces es diferente a la que espera el cliente. Ganamos un caso en primera instancia y el cliente quiere ver cumplido aquello por lo que demandó a otro o se querelló. Pero como dijimos en el anterior post hasta que una sentencia no es firme pueden pasar diferentes situaciones que pueden ver truncado el anhelo del que gana.

Si una sentencia es firme y el que pierde no cumple con lo que pone en el fallo o deviene firme porque no ha comparecido en el proceso, tenemos que ejecutar la sentencia. Esto es hacer que se cumpla con el fallo de la sentencia. Pero en algunas ocasiones nos encontramos que al ejecutar, esa persona se declara insolvente, ya no trabaja, se encuentra en situación de desempleo, etc.

Ocurre con sentencias de divorcio en las que hay convenio que se estipula pasar una pensión de alimentos pero por circunstancias ajenas al proceso no se pueden cumplir. Si es firme la sentencia, no nos queda otra que ejecutar si no se cumple con la sentencia pero nos podemos encontrar en situaciones como en el anterior párrafo y vemos que para llegar a nuestro objetivo, conseguido previamente, tenemos que esperar para verlo cumplido.

Si la sentencia no es firme se abren las vías del recurso, la ejecución provisional (medidas cautelares), y esperar a que la instancia superior confirme o no la sentencia previa de la instancia inferior. Pero mientras nos recurren, la realidad nos enseña que las sentencias no se cumplen, y al no ser firmes no se pueden ejecutar. Nos encontramos con divorcios en el que se recurre alguna parte del convenio casi siempre en tema de custodia o de reclamación de alimentos y en ese tiempo pueden suceder muchísimas circunstancias personales por las que no se cumplen ni sentencias o en instancias superiores se cambia lo que se había ganado en la instancia inferior.

Por ello, antes de iniciar un procedimiento también hay que mirar las “posibilidades”, los pros y contras. Sí es cierto que tendremos una sentencia a nuestro favor pero también lo es que “el tiempo a veces es un hándicap a considerar para ver cumplido nuestro objetivo”.

Como siempre, en nuestro despacho os resolveremos cualquier cuestión sobre este tema.

 
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