El Gobierno mediante Real Decreto 1462/2018, de 21 de diciembre, ha publicado la subida del SMI, por lo que se fija en 900 euros brutos para 2019.
Los 900 euros son en 14 pagas, por lo que si tenemos las pagas prorrateadas el salario mínimo se sitúa en 1050 euros brutos al mes.
Lo anterior es referente a los trabajadores a jornada completa, pero para los que trabajen parcialmente, habría que calcular el SMI de forma proporcional.
¿Afecta a todos los trabajadores? No, porque no a todos es necesario subirles el sueldo para cumplir con el Real Decreto, aunque sí pueden ser beneficiados de manera indirecta. Por lo que aunque no te suban el sueldo, sí puedes verte beneficiado por el aumento del SMI, por ejemplo a la hora de embargos de salario, reclamaciones, pagos del FOGASA.
Entonces, ¿a qué trabajadores afecta directamente? A todos aquellos que trabajen a jornada completa y cobren menos de 12600 euros anuales. Sólo tendremos que revisar el salario anual. Los que trabajen a jornada parcial pues tendrán que calcularlo de manera parcial a la jornada trabajada.
La subida es automática y la empresa no tiene que notificar nada.
En general afecta a colectivos que no tengan convenio colectivo, salvo que cobren un salario superior pactado con el empresario.
El convenio colectivo nunca podrá recoger un salario inferior al nuevo SMI y deberá incrementarse su nómina sin necesidad de publicar nuevas tablas salariales.
Habrá trabajadores que aunque su salario sea superior a los 900 euros, puedan verse beneficiados por esta medida según los conceptos que se indiquen en su nómina. Todos los conceptos salariales deberán cumplir con lo estipulado en el Real Decreto. Por ejemplo el “plus de vestimenta” y “plus de transporte” se consideran como conceptos extrasalariales, por lo que el salario base deberá cumplir con los 900 euros estipulados. Sí se consideran complementos salariales, por lo tanto suman de cara a los 900 euros, los conceptos de “complemento ad personam”, “complementos voluntarios” o “complemento de convenio”. En caso de trabajar parcialmente, deberá cumplirlo de forma proporcional a la jornada trabajada.
Si tiene alguna duda, póngase en contacto con nosotros.